Importante: si el traspaso anterior no se ha realizado debe pagar un doble traspaso (4%) y si la motocicleta fue descargada por la Ley 492-08 no se requerirá el primer acto de venta.
Nota: para visitar nuestras oficinas de vehículos de motor debe solicitar una cita por medio de nuestro Portal Web DGII: http://ms.spr.ly/61212p4Q2i
Esta opción solo está disponible para las oficinas indicadas en dicha página, por lo que, si desea visitar otras localidades debe escribir por correo electrónico y adjuntar la documentación requerida: http://ms.spr.ly/61213p4Q2c
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: http://ms.spr.ly/61214p4Q2Y
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
23K Mensajes
hace 4 años
Buenas tardes, Raymerlin. Gracias por escribirnos.
Puede ver los requisitos para realizar el traspaso ingresando mediante este enlace: https://ayuda.dgii.gov.do/conversations/vehculos-de-motor-servicios-personalizados/ca197-qu-necesito-para-traspasar-un-vehculo-de-motor-motocicleta-triler-o-remolque/5f3c179b8cd858ce87a2667a
Importante: si el traspaso anterior no se ha realizado debe pagar un doble traspaso (4%) y si la motocicleta fue descargada por la Ley 492-08 no se requerirá el primer acto de venta.
Nota: para visitar nuestras oficinas de vehículos de motor debe solicitar una cita por medio de nuestro Portal Web DGII: http://ms.spr.ly/61212p4Q2i
Esta opción solo está disponible para las oficinas indicadas en dicha página, por lo que, si desea visitar otras localidades debe escribir por correo electrónico y adjuntar la documentación requerida: http://ms.spr.ly/61213p4Q2c
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: http://ms.spr.ly/61214p4Q2Y
Es un placer servirle, Raymerlin.
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