Buenas tardes Francis, tu consulta fue respondida por Juan. Puedes solicitar acuerdos de pago para los diferentes impuestos a los que te encuentresobligado, exceptuando los anticipos y el ITBIS retenido.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Si tienes anticipos por pagar, ya espera descargarte de esa obligación tributaria al presentar tu Declaración y así cumples al pagar los recargos e intereses correspondientes. Con esto extingues ese monto elevado que es lo que te está poniendo la cabeza fuera de control. Al hacer esto, generas los anticipos actuales.
Solución oficial
Beatriz De La De La Rosa
1.2K Mensajes
hace 6 años
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Juan Encarnación Báez
779 Mensajes
hace 6 años
Buenos días, los anticipos y el ITBIS retenido, no aplican para realizar acuerdo de pago.
Documentación Relacionada: POL-COBR-001.
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sophienodot
16 Mensajes
hace 6 años
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