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José Peña

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2 de mayo de 2024

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hace 2 meses

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¿Además de los sevicios de alquiler y los honorarios profesionales, que otro servicio aplica para retención del 30% del ITBIS entre sociedades? Favor agregar base legal.

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marzo 17, 2025

hace 2 meses

¿Además de los sevicios de alquiler y los honorarios profesionales, que otro servicio aplica para retención del 30% del ITBIS entre sociedades? Favor agregar base legal.

hace 2 meses

Buenas tardes, Jose. ¡Gracias por contactarnos! En atención a su consulta, le informamos que, no, el mismo no es considerado un servicio profesional.   Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.   Déje

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hace 2 meses

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¿Los servicios de grúa entre personas jurídicas están sujetos a ret. del 30% del ITBIS?

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marzo 7, 2025

hace 2 meses

¿Los servicios de grúa entre personas jurídicas están sujetos a ret. del 30% del ITBIS?

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hace 1 año

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¿En las facturas de telecomunicaciones para registro en el 606, en la casilla "Monto facturado en servicios", El total menos ITBIS o debo colocar el subtotal sin ningún impuesto, es decir, ISC y CDT?

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mayo 15, 2024

hace 1 año

¿En las facturas de telecomunicaciones para registro en el 606, en la casilla "Monto facturado en servicios", El total menos ITBIS o debo colocar el subtotal sin ningún impuesto, es decir, ISC y CDT?

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hace 1 año

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¡Buena tarde! Según la Ley 16-92 del Código de Trabajo, el pago de bonificaión anual debe ser efectuado a más tardar entre los 90 y 120 días después del cierre del año fiscal. ¿Qué pasa si se presenta la bonificación pasados los 120 días, hay pagar recargos e intereses? Saludos!

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mayo 2, 2024

hace 1 año

¡Buena tarde! Según la Ley 16-92 del Código de Trabajo, el pago de bonificaión anual debe ser efectuado a más tardar entre los 90 y 120 días después del cierre del año fiscal. ¿Qué pasa si se presenta la bonificación pasados los 120 días, hay pagar recargos e intereses? Saludos!

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mayo 2, 2024