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jueves, 18 de marzo de 2021

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Susana C
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hace 4 años

Buenos días Marami. Gracias por escribirnos. Toda persona que realice operaciones en el territorio dominicano tiene el deber de inscribirse en calidad de contribuyentes en la DGII, ya sea como Persona Física o Persona Jurídica

Susana C
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Susana C

hace 4 años

SC

Buen dia. Deseo saber cuáles serían los beneficios de inscribirme como persona física, en mi caso que soy abogada independiente (tengo pocos clientes y sólo hago gestiones legales, no llevo casos legales, ni litigios), ya que no estoy laborando en empresa o firma, desde hace un tiempo? Quedo atenta,

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Gracias!! Precisamente por eso deseo información y como hacerlo, ya que apenas estoy iniciando independiente. Revisare bien en oficina virtual, ya que no visualice en un primer momento como hacerlo.

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viernes, 19 de marzo de 2021

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hace 4 años

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Buen dia. Deseo saber cuáles serían los beneficios de inscribirme como persona física, en mi caso que soy abogada independiente (tengo pocos clientes y sólo hago gestiones legales, no llevo casos legales, ni litigios), ya que no estoy laborando en empresa o firma, desde hace un tiempo? Quedo atenta,

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viernes, 19 de marzo de 2021

hace 4 años

Buen dia. Deseo saber cuáles serían los beneficios de inscribirme como persona física, en mi caso que soy abogada independiente (tengo pocos clientes y sólo hago gestiones legales, no llevo casos legales, ni litigios), ya que no estoy laborando en empresa o firma, desde hace un tiempo? Quedo atenta,

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hace 4 años

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Qué cantidad o porcentaje puede descontar por ITBIS a mis honorarios, una empresa a la que le brindo un servicio en el área de derecho, como profesional independiente y persona física. Puede aplicar descuento a los gastos cobrados para la gestión?

SC

Muchas gracias por la atención. La segunda pregunta es relacionada a la parte de los gastos que se le cobra al cliente para realizar la gestión, es decir un ejemplo, una gestión de registro de asamblea en cámara de comerci

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hace 4 años

Buenas tardes Marami. Gracias por escribirnos. La Persona Jurídica debe retenerle el 18% del ITBIS y el 10% de ISR por la prestación de los honorarios profesionales.   Con relación a su segunda consulta, necesitamos que po

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hace 4 años

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Qué cantidad o porcentaje puede descontar por ITBIS a mis honorarios, una empresa a la que le brindo un servicio en el área de derecho, como profesional independiente y persona física. Puede aplicar descuento a los gastos cobrados para la gestión?

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jueves, 18 de marzo de 2021

hace 4 años

Qué cantidad o porcentaje puede descontar por ITBIS a mis honorarios, una empresa a la que le brindo un servicio en el área de derecho, como profesional independiente y persona física. Puede aplicar descuento a los gastos cobrados para la gestión?

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