La tasa que deben pagar las zonas francas de exportación cuando transfieran bienes o servicios en el mercado local es de 3.5% del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Consideraciones Importantes:
Ventas en el Mercado Local a reportar en esta declaración incluirán la transferencia, permuta o entrega en uso de bienes y a la prestación de cualquier servicio a personas físicas o jurídicas que no estén acogidos al régimen especial de exportación que establece la Ley 8-90 sobre Zonas Francas de Exportación.
Las zonas francas de exportación deben pagar este impuesto a partir del 13 de noviembre de 2012, fecha de publicación de la Ley 253-12. Base Legal:Ley 139-11, Art. 11, Párrafo III, modificado por la Ley 253-12, Art. 31, Párrafo 3 y Norma 05-2011, Art 1, literal (b).
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
La tasa que deben pagar las zonas francas de exportación cuando transfieran bienes o servicios en el mercado local es de 3.5% del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Consideraciones Importantes:
Ventas en el Mercado Local a reportar en esta declaración incluirán la transferencia, permuta o entrega en uso de bienes y a la prestación de cualquier servicio a personas físicas o jurídicas que no estén acogidos al régimen especial de exportación que establece la Ley 8-90 sobre Zonas Francas de Exportación.
Las zonas francas de exportación deben pagar este impuesto a partir del 13 de noviembre de 2012, fecha de publicación de la Ley 253-12.
Base Legal: Ley 139-11, Art. 11, Párrafo III, modificado por la Ley 253-12, Art. 31, Párrafo 3 y Norma 05-2011, Art 1, literal (b).
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