Perfil de Jorgelina Quiñones

jueves, 25 de enero de 2018 19:14

Cerrado

CA3566 ¿Qué necesito para traspasar un vehículo de motor por dación en pago o entrega voluntaria?

CA3566 ¿Qué necesito para traspasar un vehículo de motor por dación en pago o entrega voluntaria?

Solución oficial

hace 5 años

Para realizar el traspaso de un vehículo de motor por dación en pago o entrega voluntaria debe depositar en el área de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de la administración local más cercana, exceptuando las Administraciones Locales: Máximo Gómez, Abraham Lincoln y San Carlos*, los siguientes documentos:

  1. Matrícula original.
  2. Acto notarial de dación en pago o contrato de entrega voluntaria legalizado por la Procuraduría que contenga los datos del medio fehaciente de pago utilizado.
  3. Carta de solicitud de traspaso firmada [en caso de personas jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada].
  4. Copia del contrato de préstamo o financiamiento.
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del titular de la matrícula.
  6. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante de la entidad financiera.
  7. Poder notariado y legalizado (aplica en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
  8. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
  9. Constancia fehaciente de pago en la cual se identifique a las partes, el concepto de la operación, la fecha, el monto y el instrumento de pago utilizado (aplica en caso de que el monto de la operación sea superior a los RD$ 500,000).

Costo del Servicio:

  • 2% del valor del vehículo por la transferencia.
  • RD$ 100.00 por la impresión de la matrícula.
  • RD$ 100.00 por el levantamiento de la oposición (aplica en caso de que la matrícula tenga una oposición interpuesta por financiamiento).

Tiempo de respuesta: inmediato.

Consideraciones Importantes:

  • El traspaso por dación de pago es cuando el contribuyente voluntariamente entrega el vehículo de motor a la entidad financiera debido a que éste no puede seguir pagando el financiamiento de dicho vehículo. Este tipo de traspaso se procesa si el vehículo se encuentra en garantía.
  • La Administración Local San Carlos solo trabaja con solicitudes de Personas Jurídicas*. 

Base legal: Ley 63-17.

(Editado)