Perfil de Jorgelina Quiñones

jueves, 25 de enero de 2018 19:52

Cerrado

CA3552 ¿Qué necesito para traspasar un vehículo de motor que fue embargado?

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Solución oficial

hace 7 años

Para realizar el traspaso de un vehículo de motor que fue embargado primero debe solicitar una autorización al Departamento de Vehículos de Motor o en el Centro de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperón depositando los siguientes documentos:

  1. Carta de solicitud firmada (en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
  2. Título ejecutorio (copia certificada de la sentencia o compulsa notarial del pagaré original).
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del adjudicatario.
  4. Copia de certificación de no apelación (aplica en caso de sentencia).
  5. Copia de acto de notificación de sentencia (si aplica).
  6. Copia del mandamiento de pago (si aplica).
  7. Copia del acto de embargo ejecutivo.
  8. Copia de acto de notificación de fijación de Edicto.
  9. Copia del acto de venta en pública subasta.
  10. Copia del recibo de pago del lugar donde se realizó la subasta.
  11. Certificación del lugar donde se realizó la venta.
  12. Certificación vigente para traspaso emitida por el Plan Piloto.
  13. Poder notariado y legalizado (aplica en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
  14. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de que sea un apoderado o representante quien realice el trámite).
  15. Auto de otorgamiento de la fuerza pública (aplica para embargos realizados posterior al 26/9/2019 fecha de entrada en vigencia de la Ley 396-19).

NOTA: Al contribuyente se le emitirá una carta de aprobación de pago de impuestos y transferencia.

Luego de emitida la autorización por el Departamento de Vehículos de Motor podrá realizar el traspaso depositando en las Unidades de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de las Administraciones Locales o Centros de Servicios/Transacciones de Vehículos de Motor, los siguientes documentos en original debidamente registrados:

  1. Carta del Departamento de Vehículos de Motor autorizando a realizar el traspaso.
  2. Título ejecutorio (sentencia o compulsa notarial del pagaré original).
  3. Copia de la Cédula de Identidad, de ambos lados, del adjudicatario.
  4. Certificación de no apelación (aplica en caso de sentencia).
  5. Acto de notificación de sentencia (si aplica).
  6. Mandamiento de pago.
  7. Acto de embargo ejecutivo.
  8. Acto de notificación de fijación de Edicto periódico.
  9. Acto de venta en pública subasta.
  10. Copia del recibo de pago del lugar donde se realizó la subasta.
  11. Certificación del lugar donde se realizó la venta.
  12. Certificación vigente para traspaso emitida por el Plan Piloto.
  13. Poder notariado y legalizado (aplica en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
  14. Copia de la Cédula de Identidad, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de que sea un apoderado o representante quien realice el trámite).
  15. Auto de otorgamiento de la fuerza pública (aplica para embargos realizados posterior al 26/9/2019 fecha de entrada en vigencia de la Ley 396-19)

Costo del Servicio:

•2% del valor del vehículo por concepto de transferencia.
•5% del valor de la subasta.

Tiempo de respuesta: 10 días laborables.

Base legal: Ley 63-17 y Ley 396-19.

(Editado)