Para interponer una oposición de prenda sin desapoderamiento a un vehículo de motor debe depositar en el área de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de la administración local más cercana, exceptuando las Administraciones Locales: Máximo Gómez, Abraham Lincoln y San Carlos*, los siguientes documentos:
Copia del contrato de prenda sin desapoderamiento que contenga los datos del medio fehaciente de pago utilizado, vendedor y comprador.
Matrícula original.
Acto de alguacil o carta de solicitud de oposición que indique la persona autorizada a realizar el trámite.
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del propietario del vehículo o Pasaporte si es extranjero.
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona autorizada a realizar el trámite o copia del carné de identificación del alguacil.
Constancia fehaciente de pago en la cual se identifique a las partes, el concepto de la operación, la fecha, el monto y el instrumento de pago utilizado (aplica en caso de que el monto del pago inicial sea superior sea igual o superior a los RD$ 500,000).
Certificación en donde se detallen las informaciones vinculantes al medio de pago emitida por una entidad del mercado financiero nacional o internacional debidamente apostillada y traducida al español por intérprete judicial (aplica cuando el acto de venta no se haya establecido de manera expresa el medio de pago utilizado).
Certificación de registro de la oposición en el Sistema Electrónico de Garantías Mobiliarias (SEGM) del Ministerio de Industria, Comercio y MiPymes (MICM) de acuerdo con la Ley 45-20.
Costo del Servicio:
RD$100.00 por la impresión de la nueva matrícula.
Tiempo de respuesta: Inmediato; no obstante, si la solicitud es vía acto de alguacil al Departamento de Vehículo de Motor posee un tiempo de compromiso de hasta 10 días.
Importante:
La Administración Local San Carlos solo trabaja con solicitudes de Personas Jurídicas*.
Cuando la colocación de la oposición sea solicitada en los Servicios Personalizados de las Administraciones Locales de Santo Domingo por alguaciles y entidades financieras (tanto por vía de acto de alguacil o carta), deben ser dirigidos al Departamento de Vehículos de Motor, ya que este tipo de solicitudes son tramitadas y procesadas en dicho centro.
La confirmación de registro de la oposición en el SEGM sustituye el requerimiento de inscripción de los contratos de prendas en los Juzgados de Paz.
Solución oficial
Jorgelina Quiñones
478 Mensajes
hace 5 años
Para interponer una oposición de prenda sin desapoderamiento a un vehículo de motor debe depositar en el área de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de la administración local más cercana, exceptuando las Administraciones Locales: Máximo Gómez, Abraham Lincoln y San Carlos*, los siguientes documentos:
Costo del Servicio:
Tiempo de respuesta: Inmediato; no obstante, si la solicitud es vía acto de alguacil al Departamento de Vehículo de Motor posee un tiempo de compromiso de hasta 10 días.
Importante:
Base legal: Ley 63-17.
Documentación Relacionada: (PYP-VHM-003).
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