CA3291¿Se encuentran sujetos al pago del 2% por transferencia los vehículos
descargados que sean transferidos por el dealer o concesionario a un nuevo
adquiriente?
Sí, aquellos vehículos descargados que sean transferidos por el concesionario o dealer a un nuevo adquiriente deben pagar del impuesto del 2% por transferencia de vehículos de motor. Para estos casos operará un endoso especial sustentado con NCF, transparentando el valor cobrado por comisión y con los mismos requerimientos establecidos para los endosos.
Solución oficial
Jorgelina Quiñones
478 Mensajes
hace 7 años
Base Legal: Norma General 06-2013, Art. 3. párrafo II.
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