Sí, al término de sus funciones los ministros y funcionarios públicos que posean placas rotuladas asignadas en función de su cargo deben devolverlas a la DGII con el fin de realizar los cambios correspondientes en el registro del vehículo.
Consideraciones Importantes:
Los ministros y funcionarios públicos que devuelvan la matrícula y la placa rotulada que les fue asignada en función de su cargo, obtendrán una nueva matrícula y placa en caso de que el vehículo sea de su propiedad.
La no devolución de las placas rotuladas, oficiales y exoneradas estatales constituye una falta pasible de las sanciones establecidas en el artículo 18 de la Ley 195-11, sin perjuicio de los demás regímenes disciplinarios que le sean aplicables.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
Consideraciones Importantes:
- Los ministros y funcionarios públicos que devuelvan la matrícula y la placa rotulada que les fue asignada en función de su cargo, obtendrán una nueva matrícula y placa en caso de que el vehículo sea de su propiedad.
- La no devolución de las placas rotuladas, oficiales y exoneradas estatales constituye una falta pasible de las sanciones establecidas en el artículo 18 de la Ley 195-11, sin perjuicio de los demás regímenes disciplinarios que le sean aplicables.
Base Legal: Norma 14-11, Art. 6.0
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