La expedición de placas para el uso de funcionarios al servicio de los órganos y entidades de la administración pública se realiza por disposición del Poder Ejecutivo para que se utilicen mientras dure el período de elección, nombramiento o asignación de funciones.
Consideraciones Importantes: En caso de pérdida o deterioro, estas placas solo pueden ser solicitadas por el interesado a la DGII a través de la institución en la que preste servicios.
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Consideraciones Importantes:
En caso de pérdida o deterioro, estas placas solo pueden ser solicitadas por el interesado a la DGII a través de la institución en la que preste servicios.
Base Legal: Ley 195-11, Art. 3.
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