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CA 4620 ¿Qué debo hacer para solicitar la primera placa de un vehículo exonerado por la Ley 122-05 (Sobre Instituciones sin Fines de Lucro)?
CA 4620 ¿Qué debo hacer para solicitar la primera placa de un vehículo exonerado por la Ley 122-05 (Sobre Instituciones sin Fines de Lucro)?
Solución oficial
PL
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hace 1 año
Para solicitar la primera placa de un vehículo exonerado por la Ley 122-05, las Instituciones Sin Fines de Lucro, primero deberán tramitar su solicitud de exoneración por concepto de Primera Placa vía el Ministerio de Hacienda, quienes posteriormente remitirán la autorización correspondiente al Dpto. de Vehículos de Motor.
Para retirar la Primera Placa, el contribuyente deberá presentar en el Depto. de Vehículos de Motor los siguientes documentos:
Costo del servicio:
* El trámite es gratuito.
Consideración importante:
El vehículo no puede ser traspasado hasta tanto se realice el proceso de levantamiento de oposición de un vehículo de motor por cesación de exoneración de la Ley 4027.
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