CA3735¿Qué debo hacer para solicitar la emisión de la primera placa de un
vehículo bajo la Ley 103-13 (vehículos híbridos, eléctricos,
híbridos-eléctricos o gas natural)?
Para solicitar la emisión de la primera placa de un vehículo bajo la Ley 103-13 (vehículos híbridos, eléctricos, gas natural), debe depositar en la estafeta de la DGII ubicada en el puerto de embarque que recibió el vehículo o en los Centros de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperón/Malecón Center, los siguientes documentos:
2. Poder de autorización (en caso de Personas Físicas) o Carta de autorización timbrada, firmada y sellada (en caso de Personas Jurídicas) [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona que está solicitando la placa.
4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado/representante autorizado.
5. Recibo de pago de DGA / copia pago electrónico.
6. Copia SIGA (Planilla de liquidación impuestos aduanales)
7. Copia DUA (Declaración Única Aduanera)
8. Copia Bill of Lading (BL)
9. Factura comercial o título del país de origen.
10. Certificado de inspección de la unidad importada emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales conforme a las disposiciones del Artículo 13 del Reglamento Técnico Ambiental para el Control de las Emisiones de Contaminantes Atmosféricos Provenientes de Fuentes Móviles, dictado en el mes de agosto del 2017, en virtud de la Ley núm. 64-00, que crea el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (Si aplica).
11. Certificado de inspección técnica vehicular emitido por el INTRANT que demuestre que el vehículo está en condiciones técnico-mecánicas óptimas para circular en la vía pública. (Si aplica).
Costo del Servicio:
* 17% del 50% del valor real CIF.
* El valor correspondiente al porcentaje de emisión de CO2 del 50% del valor real CIF.
* RD$ 2,150.00 por la renovación de chapa (aplica en casos de vehículos).
* RD$ 250.00 por la renovación de chapa de (aplica en casos de motocicletas).
* Realizar el pago del marbete según la tarifa vigente.
* RD$ 100.00 por la impresión de la matrícula
Tiempo de respuesta: 03 días laborables.
Consideraciones Importantes
• Los vehículos eléctricos no pagan el impuesto a la emisión de CO2.
• Las personas físicas o jurídicas que no se dediquen a la importación y venta de vehículos para obtener la autorización de la DGA para el despacho del vehículo; deberán presentar matricula original, la chapa metálica y recibo de pago a la primera placa.
Nota: Para la emisión de la primera placa bajo el beneficio de los incentivos de Ley el importador debe presentar inicialmente ante la Dirección General de Aduanas constancia emitida por el fabricante de que el vehículo tiene las características técnicas con las especificaciones establecidas en la ley para acogerse a la misma.
Solución oficial
MA
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hace 7 años
Para solicitar la emisión de la primera placa de un vehículo bajo la Ley 103-13 (vehículos híbridos, eléctricos, gas natural), debe depositar en la estafeta de la DGII ubicada en el puerto de embarque que recibió el vehículo o en los Centros de Servicios de Vehículos de Motor Plaza Luperón/Malecón Center, los siguientes documentos:
1. Formulario de Solicitud de Emisión de Primera Placa (FI-VHM-007) debidamente completado y firmado (en caso de personas jurídicas este debe estar sellado).
2. Poder de autorización (en caso de Personas Físicas) o Carta de autorización timbrada, firmada y sellada (en caso de Personas Jurídicas) [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona que está solicitando la placa.
4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado/representante autorizado.
5. Recibo de pago de DGA / copia pago electrónico.
6. Copia SIGA (Planilla de liquidación impuestos aduanales)
7. Copia DUA (Declaración Única Aduanera)
8. Copia Bill of Lading (BL)
9. Factura comercial o título del país de origen.
10. Certificado de inspección de la unidad importada emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales conforme a las disposiciones del Artículo 13 del Reglamento Técnico Ambiental para el Control de las Emisiones de Contaminantes Atmosféricos Provenientes de Fuentes Móviles, dictado en el mes de agosto del 2017, en virtud de la Ley núm. 64-00, que crea el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (Si aplica).
11. Certificado de inspección técnica vehicular emitido por el INTRANT que demuestre que el vehículo está en condiciones técnico-mecánicas óptimas para circular en la vía pública. (Si aplica).
Costo del Servicio:
* 17% del 50% del valor real CIF.
* El valor correspondiente al porcentaje de emisión de CO2 del 50% del valor real CIF.
* RD$ 2,150.00 por la renovación de chapa (aplica en casos de vehículos).
* RD$ 250.00 por la renovación de chapa de (aplica en casos de motocicletas).
* Realizar el pago del marbete según la tarifa vigente.
* RD$ 100.00 por la impresión de la matrícula
Tiempo de respuesta: 03 días laborables.
Consideraciones Importantes
• Los vehículos eléctricos no pagan el impuesto a la emisión de CO2.
• Las personas físicas o jurídicas que no se dediquen a la importación y venta de vehículos para obtener la autorización de la DGA para el despacho del vehículo; deberán presentar matricula original, la chapa metálica y recibo de pago a la primera placa.
Nota: Para la emisión de la primera placa bajo el beneficio de los incentivos de Ley el importador debe presentar inicialmente ante la Dirección General de Aduanas constancia emitida por el fabricante de que el vehículo tiene las características técnicas con las especificaciones establecidas en la ley para acogerse a la misma.
Base Legal: Ley No. 103-13 y Ley 63-17.
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