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jueves, 4 de enero de 2018 12:31

Cerrado

CA604 ¿Qué tasa del Impuesto por Emisión de CO2 deben pagar los vehículos de motor que no aparezcan en la tabla de valores de la DGII ni tengan como referencia el valor de CO2 en la documentación suministrada por el fabricante?

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Solución oficial

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hace 7 años

Los vehículos de motor que no aparezcan en la tabla de valores de la DGII ni tengan como referencia el valor de CO2 en la documentación suministrada por el fabricante deben pagar la tasa establecida para vehículos superiores a 380 g CO2 / Km, que corresponde a un 3% del valor CIF declarado en la Dirección General de Aduanas (DGA). 

Base Legal: Norma 06-12, Art. 4.