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miércoles, 27 de septiembre de 2023 16:49

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CA5018 ¿Qué deben hacer los concesionarios, distribuidores y vendedores de vehículos de motor para solicitar y/o renovar la licencia?

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Solución oficial

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hace 10 meses

Los concesionarios, distribuidores y vendedores de vehículos de motor pueden solicitar la licencia de comercialización a través de las siguientes vías:

De manera presencial, depositando en los de Centros de Servicios de Vehículos de Motor ubicados en la Plaza Luperón o Malecón Center o en la Administración Local OGC Santiago, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Licencia para Importación y Comercialización de Vehículos de Motor (FI-VHM-008) llenado y firmado (en el caso de personas jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

  2.  Copia certificada de los documentos constitutivos de la sociedad, incluyendo el Certificado de Registro Mercantil al día (aplica en caso de personas jurídicas).

  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente (aplica en caso de personas físicas).

  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, y/o pasaporte de los accionistas o socios (aplica en caso de personas jurídicas).

  5. Certificado vigente de no antecedentes penales, el cual será exigible tanto a las personas físicas que figuren como solicitantes, así como a los accionistas o socios nacionales y/o extranjeros que cuenten con una participación igual o mayoral 40% de la empresa para la cual se solicite la licencia. En el caso de entidades cuyos accionistas no cuenten con una participación accionaria igual o superior al 40%, se debe depositar el certificado de no antecedentes penales del representante que figura en el Registro Mercantil, sea este nacional o extranjero.
  6. Copia del certificado de título de propiedad del inmueble o copia del contrato de alquiler notariado y legalizado con la descripción de los lugares exactos donde se pretenda distribuir o vender vehículos de motor y remolques.

  7. Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros suscrito con una aseguradora debidamente registrada en la Superintendencia de Seguros, con un monto mínimo de un millón de pesos (RD$ 1,000,000.00) en la póliza.

  8. Recibo de pago de la tasa correspondiente para la emisión y/o renovación de la licencia.

  9. Cualquier otro documento que la DGII considere necesario.

De manera electrónica, remitiendo la documentación antes citada a través de la cuenta de correo electrónico: licenciasVHM@dgii.gov.do.

Una vez la solicitud sea depurada, se le enviará un mensaje, vía el Buzón de Mensajes de la Oficina Virtual, informándole que debe pasar a cualquiera de los Centros de Servicios de Vehículos de Motor ubicados en Malecón Center, Plaza Luperón o al área de vehículos de motor de la Administración Local OGC Santiago a efectuar el pago de la tasa correspondiente.

Costo del Servicio:

  • RD$10,000.00 por concepto de emisión.
  • RD$5,000.00 por concepto de renovación.

Tiempo de respuesta: 10 días laborables.

Importante:

 

Para realizar esta solicitud el contribuyente debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Estar inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
  • Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
  • Estar autorizado a emitir Números de Comprobantes Fiscales (NCF).
  • Poseer como actividad económica principal la importación o comercialización de vehículos de motor.
  • Contar con un capital mínimo de tres millones de pesos (RD$3,000,000.00) cuando se trate de personas jurídicas.
  • Contar con una póliza de seguro de tres millones de pesos (RD$3,000,000.00) emitida por una aseguradora debidamente registrada en la Superintendencia de Seguros, cuando se trate de personas físicas.

Esta licencia se debe solicitar previo al inicio de operaciones y tendrá una vigencia de cinco (5) años, por lo que estará sujeta a renovación.

 

Una vez depositada la solicitud, la DGll realizará una visita al local comercial, a los fines de validar las informaciones que sustentan la solicitud.

 

La certificación de la licencia debe ser colocada en un lugar visible en del establecimiento autorizado.

 

La solicitud de renovación de la licencia debe ser realizada por lo menos treinta (30) días calendarios antes de su fecha de su vencimiento. Transcurridos 60 días del vencimiento, si esta no es renovada la DGII procederá a notificar a la Dirección General de Aduanas (DGA) para que esta impida la entrada de vehículos consignados al importador hasta tanto no realice la renovación de la misma.

 

La DGII notificará a la DGA del levantamiento de la prohibición una vez regularizada la renovación.

 

De no realizar la renovación de la licencia en el plazo establecido y evidenciarse que el contribuyente permanece operando, será sancionado de acuerdo con las disposiciones del artículo 257 del Código Tributario.

 

Base Legal: Decreto 420-23, Arts. 29, 30 y 32; Aviso 27-23.

(Editado)