CA5013 ¿Con cuánto tiempo de anticipación deben los concesionarios,
distribuidores y vendedores de vehículos de motor solicitar la renovación de la
licencia?
Los concesionarios, distribuidores y vendedores de vehículos de motor deben solicitar la renovación de la licencia por lo menos treinta (30) días calendarios antes de su fecha de vencimiento.
Importante:
Si luego de sesenta (60) días del vencimiento de la licencia correspondiente, esta no es renovada, la DGII procederá a notificar a la Dirección General de Aduanas (DGA) con el propósito de no permitir la entrada de vehículos consignados a dicho importador hasta tanto la licencia sea renovada.
La DGII deberá notificar a la DGA del levantamiento de la prohibición una vez regularizada la renovación.
De no realizarse la renovación de la licencia en el plazo establecido y en caso de constatarse que el contribuyente se encuentra operando, se sancionará de acuerdo a las disposiciones del artículo 257 del Código Tributario, sin perjuicio de otras sanciones.
Solución oficial
OTM .
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hace 1 año
Los concesionarios, distribuidores y vendedores de vehículos de motor deben solicitar la renovación de la licencia por lo menos treinta (30) días calendarios antes de su fecha de vencimiento.
Importante:
Si luego de sesenta (60) días del vencimiento de la licencia correspondiente, esta no es renovada, la DGII procederá a notificar a la Dirección General de Aduanas (DGA) con el propósito de no permitir la entrada de vehículos consignados a dicho importador hasta tanto la licencia sea renovada.
La DGII deberá notificar a la DGA del levantamiento de la prohibición una vez regularizada la renovación.
De no realizarse la renovación de la licencia en el plazo establecido y en caso de constatarse que el contribuyente se encuentra operando, se sancionará de acuerdo a las disposiciones del artículo 257 del Código Tributario, sin perjuicio de otras sanciones.
Base Legal: Decreto 420-23, Art. 32.
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