Se encuentran exceptuados de solicitar la licencia para la comercialización de vehículos de motor las siguientes:
1.Toda persona física o jurídica que venda vehículos de su propiedad y que no tenga como actividad principal y habitual la comercialización de vehículos de motor y remolques.
2.Entidades de intermediación financiera u otras agencias que adquieren vehículos de motor y remolques como parte del desarrollo de su actividad comercial o por deudas de sus clientes.
Solución oficial
OTM .
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hace 1 año
Se encuentran exceptuados de solicitar la licencia para la comercialización de vehículos de motor las siguientes:
1.Toda persona física o jurídica que venda vehículos de su propiedad y que no tenga como actividad principal y habitual la comercialización de vehículos de motor y remolques.
2.Entidades de intermediación financiera u otras agencias que adquieren vehículos de motor y remolques como parte del desarrollo de su actividad comercial o por deudas de sus clientes.
Base Legal: Decreto 420-23, Art. 33.
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