CA5007 Con la entrada en vigencia del Reglamento 420-23 ¿Qué plazo tienen los
concesionarios, distribuidores y vendedores de vehículos de motor para
solicitar la licencia?
Los importadores, concesionarios, distribuidores y vendedores autorizados de vehículos de motor que se encuentren en operación, contarán con un plazo de ciento veinte (120) días laborables, a partir de la promulgación del Reglamento 420-23 para someter ante la DGIl la solicitud de licencia correspondiente. Dicho plazo se cumple el 12 de marzo de 2024.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
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hace 1 año
Los importadores, concesionarios, distribuidores y vendedores autorizados de vehículos de motor que se encuentren en operación, contarán con un plazo de ciento veinte (120) días laborables, a partir de la promulgación del Reglamento 420-23 para someter ante la DGIl la solicitud de licencia correspondiente. Dicho plazo se cumple el 12 de marzo de 2024.
Base Legal: Decreto 420-23, Art. 39.
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