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jueves, 4 de enero de 2018

Cerrado

CA3048 ¿En cuál horario puede circular un vehículo con placas de traslado (DD)?

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Solución oficial

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hace 9 años

Los vehículos con placas de traslados (DD) podrán circular de lunes a domingo en horario de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. 
  
Importante:

  • En los casos de que el contribuyente necesite circular fuera del horario establecido, deberá solicitar autorización a la DGII y explicar el motivo del traslado fuera de horario. Esta autorización deberá portarse junto con la carta de autorización de la sociedad responsable del vehículo de motor.

  • El conductor de un vehículo de motor con placa traslado o su acompañante deberán portar el carnet que lo identifique como empleado del importador, concesionario, distribuidor o vendedor y la certificación de autorización a circular. Si quien moviliza el vehículo es un cliente, este deberá portar una carta de autorización de la sociedad responsable del vehículo.


 Base Legal: Norma 11-21, Art. 11,  párrafo IV, Art. 12, Norma General 03-26, Art. 4, párrafos III y IV.

(Editado)