El valor mínimo que servirá como referencia para el pago del Impuesto a los Activos de los dealers y concesionarios será el indicado en la tabla de valores fidedignos publicada por la DGII, para la marca, modelo, año y tipo de vehículo.
Consideraciones Importantes: En caso de que el concesionario o dealer no tenga contabilidad organizada, la DGII procederá con la determinación de la obligación tributaria de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Norma General 07-14.
Solución oficial
APC .
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hace 7 años
Consideraciones Importantes:
En caso de que el concesionario o dealer no tenga contabilidad organizada, la DGII procederá con la determinación de la obligación tributaria de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Norma General 07-14.
Base Legal: Norma 06-2013 Art. 7.Párrafo I.
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