Puede solicitar prórroga para presentar la Declaración Jurada de Sucesiones por un tiempo de hasta ciento cinco (105) días, distribuidos de la siguiente manera:
Primera prórroga de 60 días, la cual debe ser solicitada dentro de los 90 días, plazo establecido para presentar la declaración.
Segunda prórroga de 45 días, la cual debe ser solicitada dentro del plazo de la primera prórroga; es decir, dentro del plazo de los 60 días.
Base Legal: Ley 2569-50, Art.26 (modificado por el Art. 6 de la Ley 173-07). Documentación Relacionada: POL-VABI-001.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
Base Legal: Ley 2569-50, Art.26 (modificado por el Art. 6 de la Ley 173-07).
Documentación Relacionada: POL-VABI-001.
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