CA199 ¿Los comprobantes de gastos además de tener Número de Comprobante Fiscal
deben presentarse en original para ser considerados en la liquidación sucesoral?
Sí, los comprobantes de gastos se deben presentar en original y con el Número de Comprobante Fiscal (NCF), a excepción de los comprobantes emitidos antes del 19 de junio del año 2006.
Base Legal: Decreto No. 254-06. Documentación Relacionada: PRO-VABI-001.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
Base Legal: Decreto No. 254-06.
Documentación Relacionada: PRO-VABI-001.
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