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martes, 9 de noviembre de 2021 13:25

Cerrado

CA4251 ¿Qué debe hacer el contribuyente en caso de que le sea robada una impresora fiscal o una caja registradora?

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Solución oficial

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hace 3 años

  
Para informar que una impresora fiscal o caja registradora fiscal fue hurtada, se deberá depositar en el Centro de Asistencia al Presencial de la sede central o en el área de información de la administración local más cercana, los siguientes documentos:

  1. Comunicación firmada (en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada), indicando el hecho ocurrido  y los datos de la impresora fiscal o caja registradora hurtada (marca, modelo, serie y NIF).
  2. Certificación de denuncia por robo emitida por la Policía Nacional, en la cual indique la fecha del suceso y los datos de la impresora o caja registradora hurtada (marca, modelo, serie y NIF)
  3. Poder de autorización (en caso de Personas Físicas) o Carta de autorización timbrada, firmada y sellada (en caso de Personas Jurídicas) [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral ,de ambos lados, del apoderado o representante (aplica en caso de ser un representante o apoderado que realice la solicitud).

Tiempo de Respuesta:
10 días laborables.

Costo del servicio:
Gratuito.

Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas.

Cuando solicitar:
Según necesidad.


Consideraciones Importantes:  

  • El contribuyente deberá completar el procedimiento correspondiente para la inactivación en la oficina virtual (bitácora electrónica) de la impresora fiscal o caja registradora hurtada e informar a esta Dirección General vía el correo electrónico comprobantesfiscales@dgii.gov.do., que realizó el procedimiento antes indicado para que sea completado el proceso de inactivación.
  • En caso no contar con un equipo de backup, deberá  facturar a través de los talonarios emitidos por las imprentas autorizadas por esta Dirección General y  enviar las informaciones de estas ventas en el  Formato de Ventas Bienes y Servicios (607), según lo establecido en el párrafo I del Artículo 7 de la Norma General No. 04-2014.

El contribuyente deberá adquirir otra solución fiscal u optar por la facturación electrónica, conforme considere:

  • Si no utiliza sistema de facturación fiscal, puede solicitar a esta Dirección General una caja registradora gratuita o el Facturador Gratuito.
  • Si utiliza sistema de facturación fiscal, deberá adquirir otro equipo fiscal u optar por ser Emisor de Comprobantes Fiscales Electrónico.  

(Editado)