Perfil de Jorgelina Quiñones

lunes, 12 de marzo de 2018 18:15

Cerrado

CA3844 ¿Qué debo hacer para notificar el cambio de proveedor de Soluciones Fiscales?

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Solución oficial

hace 7 años

Para notificar el cambio del proveedor de Soluciones Fiscales debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en  la Administración Local más cercana el siguiente documento, según sea el caso:

Cambio del proveedor y de equipo fiscal:

  1. Comunicación firmada, informando el cambio de equipo con los datos relacionados al mismo y el motivo que originó la sustitución. En caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada.


Importante:

  • Debe estar al día con la remisión de los libros de ventas, para el equipo en cuestión.
  • Inactivar el equipo sustituido a través la Oficina Virtual, siguiendo las instrucciones del Video IMF Propietario disponible en nuestro portal web.
  • Informar al nuevo suplidor del equipo que debe realizar el registro de instalación correspondiente.
  • Mientras el contribuyente se encuentre en la transición de cambio, no puede facturar fuera de la solución fiscal. 

Cambio del proveedor manteniendo el equipo fiscal:

  1. Comunicación firmada, informando el cambio, los datos de los proveedores (tanto el anterior como el nuevo) y el motivo que originó la sustitución de este. En caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada.

Importante:

  • La aplicación de facturación fiscal (sistema o interface) estar certificada por esta Dirección General.
  • En caso de seleccionar un proveedor que haya sido certificado con un  equipo fiscal  de diferente tamaño o marca, el contribuyente deberá realizar los ajustes correspondientes, para adecuar la aplicación de facturación fiscal (sistema o interface).
  • No aplica solicitud de crédito fiscal por los gastos incurridos en la aplicación, en caso de que haya sido otorgado previamente bajo el mismo concepto, conforme a lo establecido en el inciso a), del Párrafo 1, art. 8 del Decreto 451-08.
  • Mientras el contribuyente se encuentre en la transición de cambio, no puede facturar fuera de la solución fiscal. 

(Editado)