Las facturas emitidas por el o la contribuyente sujeto a la Norma 04-2014 sobre facilidades para las Soluciones Fiscales, deben cumplir con el siguiente estándar de contenido y de formato:
a) Encabezado: RNC del emisor. Razón Social del emisor. Unidad de negocio (opcional, si no se usa se suprime). Dirección de sucursal. Teléfono de la sucursal. Datos de la resolución de autorización para emitir comprobantes de la DGII. Número secuencial generado por la solución fiscal (NIF). Fecha y hora de emisión del documento. Tipo de documento: factura a consumidor final, comprobante válido para fines fiscales o notas de crédito. NCF para consumidor final (si aplica). NCF válido para fines fiscales (si aplica). NCF afectado (si se trata de notas de crédito). RNC/Cédula del cliente o comprador (si aplica). Razón Social del cliente o comprador (si aplica).
b) Detalles (hasta 10 líneas por cada ítem): Líneas 1 a la 9 para descripción extendida (opcional para descripciones del producto o servicio, promociones y otras descripciones del producto o servicio). Línea 10 Descripción de ítem vendido o servicio prestado (obligatoria). Valor. "E” para identificar productos o servicios Exentos. Una letra o número para identificar el tipo de Impuesto aplicado al producto o servicio.
c) Cierre de Factura: Subtotal: o ITBIS cobrado. o ITBIS por tipo de tasa. o Propina Legal (Si aplica). Total. Medio de pago (efectivo, cheque, tarjeta de crédito, tarjeta de débito, notas de crédito, con bonos o mecanismos de regalos o créditos). Cambio (devuelta). Hasta 40 líneas de comentarios (incluye datos de: cajero, leyenda sobre descuentos, números de artículos, mensajes), según el establecimiento. Repetición de NIF. Serial de la solución fiscal. Versión del firmware. Logo fiscal (ii).
Consideraciones Importantes: La factura que contenga todas las regulaciones mencionadas en la presente Norma General 04-2014, será considerada como una factura fiscal.
Los contribuyentes que sean usuarios de soluciones fiscales están obligados a entregar a sus clientes, el documento fiscal (ticket de venta o factura), en el momento inmediato en que se genere la venta.
Las facturas emitidas a través de equipos de facturación fiscal no tienen límites de ítems (transacciones).
Marleny J. Mena
898 Mensajes
hace 7 años
a) Encabezado:
RNC del emisor.
Razón Social del emisor.
Unidad de negocio (opcional, si no se usa se suprime).
Dirección de sucursal.
Teléfono de la sucursal.
Datos de la resolución de autorización para emitir comprobantes de la DGII.
Número secuencial generado por la solución fiscal (NIF).
Fecha y hora de emisión del documento.
Tipo de documento: factura a consumidor final, comprobante válido para fines fiscales o notas de crédito.
NCF para consumidor final (si aplica).
NCF válido para fines fiscales (si aplica).
NCF afectado (si se trata de notas de crédito).
RNC/Cédula del cliente o comprador (si aplica).
Razón Social del cliente o comprador (si aplica).
b) Detalles (hasta 10 líneas por cada ítem):
Líneas 1 a la 9 para descripción extendida (opcional para descripciones del producto o servicio, promociones y otras descripciones del producto o servicio).
Línea 10 Descripción de ítem vendido o servicio prestado (obligatoria).
Valor. "E” para identificar productos o servicios Exentos. Una letra o número para identificar el tipo de Impuesto aplicado al producto o servicio.
c) Cierre de Factura:
Subtotal:
o ITBIS cobrado.
o ITBIS por tipo de tasa.
o Propina Legal (Si aplica).
Total.
Medio de pago (efectivo, cheque, tarjeta de crédito, tarjeta de débito, notas de crédito, con bonos o mecanismos de regalos o créditos).
Cambio (devuelta).
Hasta 40 líneas de comentarios (incluye datos de: cajero, leyenda sobre descuentos, números de artículos, mensajes), según el establecimiento.
Repetición de NIF.
Serial de la solución fiscal.
Versión del firmware.
Logo fiscal (ii).
Consideraciones Importantes:
La factura que contenga todas las regulaciones mencionadas en la presente Norma General 04-2014, será considerada como una factura fiscal.
Los contribuyentes que sean usuarios de soluciones fiscales están obligados a entregar a sus clientes, el documento fiscal (ticket de venta o factura), en el momento inmediato en que se genere la venta.
Las facturas emitidas a través de equipos de facturación fiscal no tienen límites de ítems (transacciones).
Base Legal: Norma 04-2014, Art. 6.
0
0