No, desde el 27 de septiembre de 2023 los nuevos contribuyentes (personas físicas y Jurídicas) que deseen acogerse al Régimen Simplificado de Tributación (RST) en cualquiera de sus modalidades podrán realizar la solicitud en línea de manera conjunta con la incorporación al RNC.
A los fines, solo deberán cotejar la casilla ¿Desea acogerse al RST? en el formulario digital de inscripción al RNC.
Importante: Una vez aprobada la inscripción al RNC, el Departamento de RST procederá con la evaluación de la solicitud y remitirá la respuesta definitiva sobre la acogencia al RST a través de la Oficina Virtual (en caso de disponer de una), o al correo electrónico registrado en un tiempo aproximado de 15 días laborables.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
570 Mensajes
hace 2 años
No, desde el 27 de septiembre de 2023 los nuevos contribuyentes (personas físicas y Jurídicas) que deseen acogerse al Régimen Simplificado de Tributación (RST) en cualquiera de sus modalidades podrán realizar la solicitud en línea de manera conjunta con la incorporación al RNC.
A los fines, solo deberán cotejar la casilla ¿Desea acogerse al RST? en el formulario digital de inscripción al RNC.
Importante: Una vez aprobada la inscripción al RNC, el Departamento de RST procederá con la evaluación de la solicitud y remitirá la respuesta definitiva sobre la acogencia al RST a través de la Oficina Virtual (en caso de disponer de una), o al correo electrónico registrado en un tiempo aproximado de 15 días laborables.
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