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martes, 5 de noviembre de 2024

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CA4335 ¿Deben los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación notificar a la DGII cualquier cambio en su actividad económica que pueda afectar la modalidad o el régimen al que están acogidos?

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Solución oficial

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hace 1 año

Sí, los contribuyentes acogidos al RST deben notificar al Departamento de Régimen Simplificado de Tributación el cambio realizado en su actividad económica.
 
Esto se debe a que la actividad económica es uno de los criterios que determinan si un contribuyente califica para permanecer en el régimen y en la modalidad a la que se encuentra acogido.
 
Para notificar el cambio en la actividad, debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
 
1. Carta de solicitud firmada (en el caso de personas jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
 
Tiempo de Respuesta:
15 días laborables.

Costo del servicio:
Gratuito.

Quienes pueden solicitar:
Contribuyentes acogidos al RST.

Cuando solicitar:
Cuando se modifique la actividad económica.
Importante:

• Una vez el contribuyente notifique la actualización de su registro por cambio de actividad económica, el Departamento de Régimen Simplificado de Tributación evaluará si corresponde un cambio de modalidad o la exclusión del régimen tomando en cuenta la actividad económica principal registrada.

• En el caso que el contribuyente no este de acuerdo con el cambio de la modalidad, deberá solicitar la exclusión de manera voluntaria del régimen.

• En caso de que el contribuyente modifique su actividad económica y no lo notifique, será dado de baja automáticamente del RST si dicho cambio afecta la modalidad del régimen.

(Editado)