Para solicitar la exclusión del RST y volver al régimen ordinario debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que corresponde, lossiguientes:
Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada) que exprese su solicitud de ser excluido del RST e indique el periodo a partir del cual desea ser excluido, con excepción de períodos ya presentados ante DGII.
Poder de autorización [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos, lados del apoderado o representante (aplica en caso de ser un representante o apoderado que realice la solicitud).
Tiempo de Respuesta: 15 días laborables.
Costo del servicio: Gratuito.
Quienes pueden solicitar: Personas Físicas y Jurídicas.
Cuando solicitar: Según necesidad.
Importante: La solicitud de exclusión al RST puede ser realizada cuando el contribuyente acogido lo desee, es decir, en cualquier momento.
Base Legal: Norma General 04-22, Art.8 párrafo I y II.
Solución oficial
JRS
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hace 5 años
Para solicitar la exclusión del RST y volver al régimen ordinario debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que corresponde, lossiguientes:
Tiempo de Respuesta: 15 días laborables.
Costo del servicio:
Gratuito.
Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas.
Cuando solicitar:
Según necesidad.
Importante:
La solicitud de exclusión al RST puede ser realizada cuando el contribuyente acogido lo desee, es decir, en cualquier momento.
Base Legal: Norma General 04-22, Art.8 párrafo I y II.
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