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CA4087 ¿Quiénes pueden acogerse al Régimen Simplificado de Tributación (RST) y con cuáles condiciones deben cumplir?
¿Quiénes pueden acogerse al Régimen Simplificado de Tributación (RST) y con cuáles condiciones deben cumplir?
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¿Quiénes pueden acogerse al Régimen Simplificado de Tributación (RST) y con cuáles condiciones deben cumplir?
Solución oficial
JRS
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hace 4 años
Pueden acogerse al Régimen Simplificado de Tributación las Personas Físicas o Jurídicas prestadores de servicios o pertenecientes al sector agropecuario, Personas Jurídicas productores de bienes y Personas Físicas y Jurídicas comerciantes de bienes, siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:
Adicional deben cumplir con las siguientes condiciones, conforme la modalidad a elegir:
En la modalidad de Ingresos
En la modalidad de Compras
Tiempo de respuestas: 15 días .
Consideraciones Importantes:
Los contribuyentes que poseen acuerdos de pago y se encuentren al día con el mismo también, podrán acogerse al Régimen simplificado de Tributación.
En el caso de las personas físicas o jurídicas no cumplan con alguno de los requisitos de incorporación al RST establecidos en el Decreto núm. 265-19, la DGII procederá a notificar por la Oficina Virtual (OFV), vía correo electrónico o cualquier otra vía habilitada a tales fines, todos los hallazgos arrojados por las validaciones efectuadas, a los fines de que el solicitante proceda a regularizar su situación fiscal o societaria en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación, vencido el plazo indicado sin recibir respuesta por parte del solicitante, la DGII emitirá la comunicación formal mediante la cual rechaza la incorporación al RST.
Base Legal: Reglamento 265-19, Arts. 2, 4, 5, 6, 14, 16 y 18, Norma General 04-22 Art. 5, 6.
Documentación Relacionada: Resolución DDG-AR1-2022-00002, Art. segundo. Resolución Núm. DDG- AR1-2023-00001, Art. 6.
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