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martes, 24 de mayo de 2022 20:30

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CA4796 ¿Cuáles son los criterios que se utilizan para aplicar el principio de neutralidad fiscal en las reorganizaciones societarias?

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Solución oficial

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hace 3 años

Los criterios que se utilizan para aplicar el principio de neutralidad fiscal en las reorganizaciones societarias son los siguientes:

Para las fusiones y escisiones de sociedades

Las fusiones y escisiones de sociedades comerciales estarán alcanzadas por el Principio de la Neutralidad Fiscal, siempre que se verifique el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 9 del Decreto 408-10, sujeto a las siguientes condiciones:

1.Similitud, conexidad o complementariedad en las actividades: las actividades económicas explotadas por las sociedades participantes en un proceso de fusión o escisión deberán ser similares, conexas o complementarias. 


•Se considerará que las sociedades comerciales poseen actividades similares, cuando éstas sean semejantes o parecidas. 
•Una actividad será conexa a otra cuando estén estrechamente vinculadas entre sí.
•Las actividades serán complementarias cuando una contribuya al perfeccionamiento de la otra a nivel industrial, comercial o administrativo.

2.Motivo económico válido: cuando un proceso de reorganización tenga fines económicos que se sustenten de manera independiente a la mera obtención de ventajas fiscales. 

3.Operaciones en la última declaración de impuestos: las sociedades participantes deberán presentar operaciones en su última declaración ante la Administración Tributaria, las cuales deberán estar relacionadas directamente con la explotación de su actividad habitual. No se consideran operaciones, la tenencia de acciones o cuotas sociales ni la percepción de dividendos provenientes de sociedades operativas.


Para las transferencias entre empresas del mismo conjunto económico

Cuando se compruebe que sus operaciones son conexas, así como el control o financiamiento que determine en los hechos la relación de subordinación, además, de que se compruebe que su finalidad no sea únicamente perseguir ventajas fiscales.

Importante:

En caso de no cumplir con los criterios indicados, la DGII podrá determinar a la (s) sociedad(es) participantes en el proceso de reorganización, el pago de los impuestos aplicables sobre las transferencias beneficiadas por el Principio de Neutralidad Fiscal, conforme a la calificación que entienda apropiada.


Base Legal: Decreto núm. 408-10, Art. 9; modificado por Norma General 01-2022, Art. 11.