Las personas físicas o jurídicas domiciliadas o residentes en la República Dominicana deben declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta, sobre sus rentas de fuentes dominicanas y de fuentes extranjeras cuando estas provengan de inversiones y ganancias financieras.
Importante: Una de las obligaciones tributarias de los residentes fiscales es la inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes, en cuyo caso, la DGII autoriza un RNC único para esa persona, a través del cual asentarán todas las transacciones que generen obligaciones para fines fiscales.
Base Legal: Ley 11-92, Art.12, Párrafo I y Art. 50.
Documentación Relacionada: Consulta técnica 3 de enero 2022.
Solución oficial
APC .
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hace 3 años
Las personas físicas o jurídicas domiciliadas o residentes en la República Dominicana deben declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta, sobre sus rentas de fuentes dominicanas y de fuentes extranjeras cuando estas provengan de inversiones y ganancias financieras.
Importante:
Una de las obligaciones tributarias de los residentes fiscales es la inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes, en cuyo caso, la DGII autoriza un RNC único para esa persona, a través del cual asentarán todas las transacciones que generen obligaciones para fines fiscales.
Base Legal: Ley 11-92, Art.12, Párrafo I y Art. 50.
Documentación Relacionada: Consulta técnica 3 de enero 2022.
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