Según lo establece a la Norma 05-2009, la DGII puede inactivar de oficio el RNC de los contribuyentes que no hayan presentado ningún impuesto en los 3 últimos periodos fiscales. Se inactivan tanto personas jurídicas como físicas.
Consideración importante:
A partir del 06 de septiembre de 2021, con la entrada en vigencia de las disposiciones de la Norma General 04-2021, el estatus “ Inactivo” pasará a nombrarse “Suspendido”. La DGII pasará al estado de suspensión los contribuyentes que no realicen sus declaraciones de impuestos en los últimos veinticuatro (24) meses ininterrumpidos, y para el caso de los impuestos no declarativos que no efectúen sus pagos en los últimos veinticuatro (24) meses ininterrumpidos.
Solución oficial
MAMF
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hace 5 años
Según lo establece a la Norma 05-2009, la DGII puede inactivar de oficio el RNC de los contribuyentes que no hayan presentado ningún impuesto en los 3 últimos periodos fiscales. Se inactivan tanto personas jurídicas como físicas.
Consideración importante:
A partir del 06 de septiembre de 2021, con la entrada en vigencia de las disposiciones de la Norma General 04-2021, el estatus “ Inactivo” pasará a nombrarse “Suspendido”. La DGII pasará al estado de suspensión los contribuyentes que no realicen sus declaraciones de impuestos en los últimos veinticuatro (24) meses ininterrumpidos, y para el caso de los impuestos no declarativos que no efectúen sus pagos en los últimos veinticuatro (24) meses ininterrumpidos.
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