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martes, 6 de febrero de 2018 13:32

Cerrado

CA3825 ¿Qué debo hacer para notificar la fusión o escisión entre Instituciones Sin Fines de Lucro?

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Solución oficial

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hace 6 años

Para notificar una fusión o escisión entre Instituciones Sin Fines de Lucro, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

1.  Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado, con los anexos correspondientes con las últimas modificaciones de cada una de las entidades involucradas en el proceso de reorganización.

2.  Copia del acta de asamblea general extraordinaria y nómina de presencia de cada una de las entidades donde se aprueba el proceso de reorganización y se autoriza a una persona a negociar dicho proceso, registradas en la Procuraduría General de la República Dominicana o  en la Procuraduría General de la Corte de Apelación (en caso de que corresponda) conforme lo establecido en la Ley 122-05 Sobre Asociaciones sin Fines de Lucro y el Art. 180 del Reglamento de Aplicación No. 40-08 de dicha Ley.

3.  Copia del acuerdo de reorganización registrado en la Procuraduría General de la República Dominicana o  en la Procuraduría General de la Corte de Apelación (en caso de que corresponda) conforme lo establecido en la Ley 122-05 Sobre Asociaciones sin Fines de Lucro y el Art. 180 del Reglamento de Aplicación No. 40-08 de dicha Ley.

4.  Publicación en el periódico del extracto del acuerdo de reorganización.

5.  Informe de los comisarios designados por común acuerdo entre las entidades que señalen su opinión sobre la modalidad utilizada en el proceso de reorganización que incluya el detalle de los activos y pasivos a transferir con la descripción de los mismos y sus respectivos valores.

6.  Copia de los certificados de propiedad de los vehículos e inmuebles a transferirse producto del proceso de reorganización.

7.  Copia de la ley o decreto que autorice a las entidades a reorganizarse.

8.  Copia de los estados financieros actualizados y auditados anterior al proceso de reorganización de las entidades involucradas.

9.  Copia de los estados financieros actualizados y auditados posterior al proceso de reorganización de la entidad beneficiaria.

10.  Copia del certificado del nombre comercial emitido por ONAPI, (aplica en caso de que la entidad beneficiaria cambie de nombre).

Importante:

La DGII podrá requerir documentos adicionales, según considere necesario.


Consideraciones Importantes:


Las entidades involucradas en el proceso deben estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (declaraciones, pago de impuestos).

(Editado)