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martes, 6 de febrero de 2018 13:19

Cerrado

CA3824 ¿Qué debo hacer para notificar la fusión o escisión entre entidades estatales?

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Solución oficial

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hace 7 años

Para notificar una fusión o escisión entre entidades estatales, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

  1. Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Personas Jurídicas o Entes sin Personalidad Jurídica (RC-02) llenado, firmado y sellado, con los anexos correspondientes con las últimas modificaciones de cada una de las entidades estatales involucradas en el proceso de reorganización.
  2. Copia del acta de asamblea general extraordinaria y nómina de presencia de cada una de las entidades donde se aprueba el proceso de reorganización y se autoriza a una persona a negociar dicho proceso, registradas en los organismos de los cuales dependen las entidades estatales.
  3. Copia del acuerdo de reorganización registrado en los organismos de los cuales dependen las entidades estatales.
  4. Publicación en el periódico del extracto del acuerdo de reorganización.
  5. Informe de los comisarios designados por común acuerdo entre las entidades que señalen su opinión sobre la modalidad utilizada en el proceso de reorganización que incluya el detalle de los activos y pasivos a transferir con la descripción de los mismos y sus respectivos valores.
  6. Copia de los certificados de propiedad de los vehículos e inmuebles a transferirse producto del proceso de reorganización.
  7. Copia de la ley o decreto que autorice a las entidades estatales a reorganizarse.
  8. Copia de los estados financieros actualizados y auditados anterior al proceso de reorganización de las entidades estatales involucradas.
  9. Copia de los estados financieros actualizados y auditados posterior al proceso de reorganización de la entidad estatal beneficiaria.
  10. Copia del certificado del nombre comercial emitido por ONAPI. (aplica en caso de que la entidad estatal beneficiaria cambie de nombre).

Importante:

La DGII podrá requerir documentos adicionales, según considere necesario.


Las entidades involucradas en el proceso deben estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (declaraciones, pago de impuestos). 

(Editado)