A partir del 21 de septiembre del 2017 será de carácter obligatorio completar el anexo D del RC-02 y el anexo C del RC-03 según corresponda, al momento de solicitar la inscripción o modificación al RNC.
Para solicitar la inscripción o modificación al RNC de los fideicomisos, fondos de inversión o similares las fiduciarias o administradoras deberán utilizar el nuevo formulario RC-03 y sus anexos.
Al momento de presentar la Declaración Jurada Anual de Renta:
Desde el 01 de octubre de 2017 será de carácter obligatorio completar los anexos incorporados al IR-2 e ISFL para los contribuyentes con cierre fiscal a partir del 30 de septiembre (30/09).
Cuando se trate de rectificativas que correspondan a periodos fiscales anteriores a la fecha de obligatoriedad para la identificación del beneficiario final, no es obligatorio completar los anexos creados para tales fines.
Solución oficial
Eliana Castillo
1.8K Mensajes
hace 8 años
La información del Beneficiario Final debe registrarse por las siguientes vías, según sea el caso:
Al momento de solicitar la incorporación o modificación del Registro Nacional del Contribuyente (RNC):
Importante:
Al momento de presentar la Declaración Jurada Anual de Renta:
Importante:
(Editado)
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