La información del Beneficiario Final debe registrarse por lassiguientes vías, según sea el caso:
Al momento de solicitar la incorporación o modificación del RegistroNacional del Contribuyente (RNC):
Sociedades: A través del anexo D (Declaración Jurada para laIdentificación del Beneficiario Final) incorporado al formulario de Registro yActualización de Datos de Sociedades (RC-02).
Fideicomisos, Fondos de Inversión o similares: A través del anexo C(Declaración Jurada para la Identificación del Beneficiario Final) de la nuevaDeclaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos del PatrimonioSeparado (RC-03).
Importante:
•A partir del 21 de septiembre del 2017 será de carácter obligatorio completarel anexo D del RC-02 y el anexo C del RC-03 según corresponda, al momento desolicitar la inscripción o modificación al RNC.
•Para solicitar la inscripción o modificación al RNC de los fideicomisos,fondos de inversión o similares las fiduciarias o administradoras deberánutilizar el nuevo formulario RC-03 y sus anexos.
Al momento de presentar la Declaración Jurada Anual de Renta:
Sociedades y fideicomisos o similares: A través de los anexos H-1 y H-2(Identificación del Beneficiario Final y Actualización de Datos) incorporadosen la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades(IR-2).
Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL): A través del anexo C(Identificación de los Miembros y del Beneficiario Final para Instituciones SinFines de Lucro)incorporado en la Declaración Jurada Anual para InstitucionesSin Fines de Lucro (ISFL-01).
Importante:
•Desde el 01 de octubre de 2017 será de carácter obligatorio completar losanexos incorporados al IR-2 e ISFL para los contribuyentes con cierre fiscal apartir del 30 de septiembre (30/09).
•Cuando se trate de rectificativas que correspondan a periodos fiscalesanteriores a la fecha de obligatoriedad para la identificación del beneficiariofinal, no es obligatorio completar los anexos creados para tales fines.
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Al momento de solicitar la incorporación o modificación del RegistroNacional del Contribuyente (RNC):
Sociedades: A través del anexo D (Declaración Jurada para laIdentificación del Beneficiario Final) incorporado al formulario de Registro yActualización de Datos de Sociedades (RC-02).
Fideicomisos, Fondos de Inversión o similares: A través del anexo C(Declaración Jurada para la Identificación del Beneficiario Final) de la nuevaDeclaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos del PatrimonioSeparado (RC-03).
Importante:
•A partir del 21 de septiembre del 2017 será de carácter obligatorio completarel anexo D del RC-02 y el anexo C del RC-03 según corresponda, al momento desolicitar la inscripción o modificación al RNC.
•Para solicitar la inscripción o modificación al RNC de los fideicomisos,fondos de inversión o similares las fiduciarias o administradoras deberánutilizar el nuevo formulario RC-03 y sus anexos.
Al momento de presentar la Declaración Jurada Anual de Renta:
Sociedades y fideicomisos o similares: A través de los anexos H-1 y H-2(Identificación del Beneficiario Final y Actualización de Datos) incorporadosen la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades(IR-2).
Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL): A través del anexo C(Identificación de los Miembros y del Beneficiario Final para Instituciones SinFines de Lucro)incorporado en la Declaración Jurada Anual para InstitucionesSin Fines de Lucro (ISFL-01).
Importante:
•Desde el 01 de octubre de 2017 será de carácter obligatorio completar losanexos incorporados al IR-2 e ISFL para los contribuyentes con cierre fiscal apartir del 30 de septiembre (30/09).
•Cuando se trate de rectificativas que correspondan a periodos fiscalesanteriores a la fecha de obligatoriedad para la identificación del beneficiariofinal, no es obligatorio completar los anexos creados para tales fines.
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