Sí, las Personas Físicas deben disponer del Certificado de Registro Mercantil al momento de solicitar la incorporación al RNC. Sin embargo, por el momento este documento no será requerido con carácter de obligatoriedad.
Importante:
No se les exigirá el Certificado de Registro Mercantil a las siguientes Personas Físicas:
Extranjeros registrados con actividades no generadoras de obligaciones tributarias, exceptuando los inscritos con la actividad de participación en empresas.
Nacionales registrados con actividades no generadoras de obligaciones tributarias, como: operaciones de vehículos de motor y operaciones inmobiliarias.
Con la entrada en vigencia de la Norma General 04-2021, la DGII podrá incorporar en el RNC sin previa notificación a las personas físicas que posean Registro Mercantil vigente en las diferentes Cámaras de Comercio y Producción del país, que estén operando o no y que en un periodo de sesenta (60) días no hayan agotado el proceso de inscripción al RNC. En estos casos las personas físicas pueden ser suceptibles a sanciones por incumplimiento de deberes formales, de acuerdo con lo establecido en el Código Tributario.
Base Legal: Ley 3-02, Art. 1; Norma General 04-21, Art.13.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
Sí, las Personas Físicas deben disponer del Certificado de Registro Mercantil al momento de solicitar la incorporación al RNC. Sin embargo, por el momento este documento no será requerido con carácter de obligatoriedad.
Importante:
No se les exigirá el Certificado de Registro Mercantil a las siguientes Personas Físicas:
Con la entrada en vigencia de la Norma General 04-2021, la DGII podrá incorporar en el RNC sin previa notificación a las personas físicas que posean Registro Mercantil vigente en las diferentes Cámaras de Comercio y Producción del país, que estén operando o no y que en un periodo de sesenta (60) días no hayan agotado el proceso de inscripción al RNC. En estos casos las personas físicas pueden ser suceptibles a sanciones por incumplimiento de deberes formales, de acuerdo con lo establecido en el Código Tributario.
Base Legal: Ley 3-02, Art. 1; Norma General 04-21, Art.13.
(Editado)
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