No existe un capital mínimo requerido para solicitar la constitución de sociedades de Responsabilidad Limitada, ya que el monto del capital social y el valor nominal de las cuotas sociales serán determinados por los socios en los estatutos sociales. No obstante, el valor de las cuotas sociales no puede ser menor de cien pesos (RD$100.00) cada una y la sociedad debe estar compuesta por al menos dos (2) socios.
Base Legal: Ley 479-08 Art. 91, modificado por la Ley 31-11 Art. 1 y la Ley 68-19, Art. 3.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
No existe un capital mínimo requerido para solicitar la constitución de sociedades de Responsabilidad Limitada, ya que el monto del capital social y el valor nominal de las cuotas sociales serán determinados por los socios en los estatutos sociales. No obstante, el valor de las cuotas sociales no puede ser menor de cien pesos (RD$100.00) cada una y la sociedad debe estar compuesta por al menos dos (2) socios.
Base Legal: Ley 479-08 Art. 91, modificado por la Ley 31-11 Art. 1 y la Ley 68-19, Art. 3.
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