Es el contrato convenido de manera verbal o escrita entre dos o más personas que tienen la calidad de comerciantes, quienes toman el interés en una o más operaciones comerciales determinadas y transitorias, sin estar las mismas sujetas a requisitos de forma ni matriculación de conformidad a la Ley de Sociedades. Base Legal: Ley 11-92, Art. 297, literal f, Decreto 408-10, Art. 12.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 9 años
Es el contrato convenido de manera verbal o escrita entre dos o más personas que tienen la calidad de comerciantes, quienes toman el interés en una o más operaciones comerciales determinadas y transitorias, sin estar las mismas sujetas a requisitos de forma ni matriculación de conformidad a la Ley de Sociedades.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 297, literal f, Decreto 408-10, Art. 12.
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