Para solicitar la incorporación al RNC debe haber realizado los siguientes procesos:
Personas Físicas: Para iniciar un negocio o empresa, si opta por operar como tal, deberá realizar el registro del nombre comercial.
Si se dedica al ejercicio de una profesión liberal y oficio independiente no requiere el uso de un nombre comercial para realizar sus actividades económicas.
Personas Jurídicas:
1. Solicitar el registro de nombre comercial en la Oficina Nacional de Propiedad Inmobiliaria (ONAPI). 2. Pagar el Impuesto de Constitución de Compañías (equivalente al 1% del capital social autorizado, que nunca podrá ser inferior a RD$1,000.00). 3. Inscribir la Sociedad en el Registro Mercantil, ante la Cámara de Comercio y Producción de la provincia en la cual establezca su domicilio.
Posteriormente debe solicitar su inscripción al RNC.
Importante:
• *Las EIRL y Sociedades Extranjeras se encuentran exentas del pago de este impuesto.
•A partir del año 2027 queda derogado el impuesto a la constitución de compañías en comandita por acciones y compañías por acciones.
Base Legal: Ley 100-00, Art. 116; Ley 1041 (modificado por el Art. 10); Ley 3-02, Art. 7; Ley 30-26, Art. 58.
Documentación Relacionada: Cuaderno Práctico de Estudio: Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
Solución oficial
Eliana Castillo
1.8K Mensajes
hace 8 años
Para solicitar la incorporación al RNC debe haber realizado los siguientes procesos:
Personas Físicas:
Para iniciar un negocio o empresa, si opta por operar como tal, deberá realizar el registro del nombre comercial.
Si se dedica al ejercicio de una profesión liberal y oficio independiente no requiere el uso de un nombre comercial para realizar sus actividades económicas.
Personas Jurídicas:
1. Solicitar el registro de nombre comercial en la Oficina Nacional de Propiedad Inmobiliaria (ONAPI).
2. Pagar el Impuesto de Constitución de Compañías (equivalente al 1% del capital social autorizado, que nunca podrá ser inferior a RD$1,000.00).
3. Inscribir la Sociedad en el Registro Mercantil, ante la Cámara de Comercio y Producción de la provincia en la cual establezca su domicilio.
Posteriormente debe solicitar su inscripción al RNC.
Importante:
• *Las EIRL y Sociedades Extranjeras se encuentran exentas del pago de este impuesto.
•A partir del año 2027 queda derogado el impuesto a la constitución de compañías en comandita por acciones y compañías por acciones.
Base Legal: Ley 100-00, Art. 116; Ley 1041 (modificado por el Art. 10); Ley 3-02, Art. 7; Ley 30-26, Art. 58.
Documentación Relacionada: Cuaderno Práctico de Estudio: Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
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