Tienen el deber formal de inscribirse en el RNC, las personas físicas y jurídicas, sean nacionales o extranjeras, así como también los entes sin personalidad jurídica, que realicen operaciones generadoras de obligaciones o que tengan responsabilidad tributaria en el territorio dominicano.
Importante:
Al inscribirse como contribuyente, la DGII le asignará un número único de RNC, el cual deberá hacerse constar de manera visible y claramente identificable en todas las facturas, contratos, órdenes de compra, pedidos y cualquier otro documento de trascendencia tributaria.
Base legal: Ley 11-92, Art. 50 y Norma General 04-21, Art. 4.
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Tienen el deber formal de inscribirse en el RNC, las personas físicas y jurídicas, sean nacionales o extranjeras, así como también los entes sin personalidad jurídica, que realicen operaciones generadoras de obligaciones o que tengan responsabilidad tributaria en el territorio dominicano.
Importante:
Al inscribirse como contribuyente, la DGII le asignará un número único de RNC, el cual deberá hacerse constar de manera visible y claramente identificable en todas las facturas, contratos, órdenes de compra, pedidos y cualquier otro documento de trascendencia tributaria.
Base legal: Ley 11-92, Art. 50 y Norma General 04-21, Art. 4.
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