Perfil de Eliana Castillo

viernes, 29 de diciembre de 2017 16:44

Cerrado

CA709¿Qué debo hacer para realizar una rectificativa de la Declaración Jurada de Retenciones de Asalariados (IR-3)?

.

Solución oficial

1.9K Mensajes

hace 7 años

Para realizar una rectificativa del IR-3 debe seguir estos pasos:

Primero: 

  1. Realice las correcciones de su(s) nómina(s) a través de la Tesorería de Seguridad Social (TSS).

Segundo: 

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.

  2. En el menú Declaraciones Juradas, escoja la opción Declaración IR-3.

  3. Digite el año fiscal, elija el mes sobre el cual desea realizar la rectificativa y presione el botón Consultar.

  4. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole: este periodo tiene una declaración presentada. Se ha generado un IR-4 actualizado y en estatus pendiente, la fecha de la última actualización, periodo seleccionado y cuatro opciones (Descargar IR-4, Rectificar IR-3, Eliminar IR-3 y Consultar otro periodo).

  5. Pulse la opción Descargar IR-4, a fin de constatar que la información que contiene es la correcta y posteriormente presione la opción Rectificar IR-3.

  6. Visualizará en pantalla la Declaración IR-3 con los cálculos realizados, complete las casillas del formulario con las informaciones correspondientes, según corresponda (Pago a Cuenta, Saldo a Favor Anterior, Crédito Gastos Educativos IR-18, Crédito Autorizado) y presione la opción de Enviar Documento.

  7. El sistema le preguntará si desea enviar la declaración, presione el botón Aceptar.

  8. Visualizará en pantalla un mensaje informándole que la declaración ha sido rectificada correctamente y que verifique los valores en la cuenta corriente, presione el botón Aceptar.

Tiempo de respuesta: inmediato

Costo del servicio: N/A

Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas que tienen la obligación de presentar IR-3.

Cuando solicitar:
Según necesidad.

Importante:

  • En caso de que la rectificativa sea del periodo vigente y no haya efectuado el pago, lo que procede es eliminar la declaración para su posterior presentación.
  • Si la rectificativa corresponde a un periodo anterior a enero 2012, debe realizarse de manera presencial
  • Las correcciones realizadas en TSS se reflejan en el IR-4  en un tiempo aproximado de 24 horas.
  • Si al momento de realizar rectificar en TSS, presenta la siguiente alerta: “DGII debe autorizar el envío de rectificativas para este empleador/período” debe enviar un correo electrónico a oficinavirtual@dgii.gov.do, con la siguiente información: 

               1-RNC de la empresa.
               2-Descripción detallada del caso.
               3-Captura de la pantalla donde aparece la alerta.
               4-Nombre y teléfono de la persona que lo reporta (opcional).




(Editado)