Para remitir un acuerdo de reparto de cotos debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Comunicación firmada (en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
Acuerdo de Reparto de Costos registrado de conformidad con las leyes vigentes que contenga los requisitos establecidos en el Art. 4 del Reglamento 78-14.
Importante: Un acuerdo de reparto de costos es un contrato para compartir costos y riesgos en la creación o adquisición de bienes, servicios o derechos realizados entre una o varias empresas vinculadas.
Tiempo de Respuesta: inmediato
Costo: N/A
Quienes pueden solicitarlo: personas físicas, personas Jurídicas o entidades que se consideren partes relacionadas según lo establecido en el artículo 281 del Código Tributario.
Cuándo solicitar: previo a la ejecución del gasto.
Solución oficial
APC .
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hace 3 años
Para remitir un acuerdo de reparto de cotos debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Importante:
Un acuerdo de reparto de costos es un contrato para compartir costos y riesgos en la creación o adquisición de bienes, servicios o derechos realizados entre una o varias empresas vinculadas.
Tiempo de Respuesta: inmediato
Costo: N/A
Quienes pueden solicitarlo: personas físicas, personas Jurídicas o entidades que se consideren partes relacionadas según lo establecido en el artículo 281 del Código Tributario.
Cuándo solicitar: previo a la ejecución del gasto.
Base Legal: Reglamento 78-14, Art. 4.
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