No, la declaración DIOR correspondiente a periodos anteriores al 2016 inclusive debe ser presentada utilizando el formato 632 y su remisión debe ser realizada a través de la opción Enviar Archivos de la Oficina Virtual.
Consideraciones Importantes: Para el periodo 2017 en adelante, la DIOR debe ser presentada utilizando la versión web y remitida por la opción DIOR de la Oficina Virtual.
Solución oficial
Marleny J. Mena
898 Mensajes
hace 7 años
Consideraciones Importantes:
Para el periodo 2017 en adelante, la DIOR debe ser presentada utilizando la versión web y remitida por la opción DIOR de la Oficina Virtual.
0
0