Los Precios de Transferencia corresponden al valor asignado a las transacciones comerciales o financieras realizadas entre partes relacionadas, ya sea entre empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial o bajo control común, incluyendo operaciones de transferencia de bienes, servicios o derechos.
Para conocer la razón o el supuesto de vinculación por el cual se encuentra sujeto a las regulaciones de Precios de Transferencia, conforme a lo establecido en el artículo 281 del Código Tributario, puede contactar al Oficial de Control de la Administración Local a la que pertenece o depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Carta de solicitud firmada dirigida al Departamento de Análisis de Precios de Transferencia (en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
Tiempo de respuesta: 10 días laborables.
Quienes pueden solicitar: Contribuyentes sujetos a los precios de transferencia.
Cuando solicitar: Según necesidad.
Base Legal: Ley 11-92 Art. 281; Reglamento 78-14, Norma General 08-21.
Solución oficial
Marleny J. Mena
880 Mensajes
hace 8 años
Los Precios de Transferencia corresponden al valor asignado a las transacciones comerciales o financieras realizadas entre partes relacionadas, ya sea entre empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial o bajo control común, incluyendo operaciones de transferencia de bienes, servicios o derechos.
Para conocer la razón o el supuesto de vinculación por el cual se encuentra sujeto a las regulaciones de Precios de Transferencia, conforme a lo establecido en el artículo 281 del Código Tributario, puede contactar al Oficial de Control de la Administración Local a la que pertenece o depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Tiempo de respuesta: 10 días laborables.
Quienes pueden solicitar:
Contribuyentes sujetos a los precios de transferencia.
Cuando solicitar:
Según necesidad.
Base Legal: Ley 11-92 Art. 281; Reglamento 78-14, Norma General 08-21.
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