La Declaración Informativa de Operaciones entre Relacionados (DIOR) debe ser presentada a más tardar ciento veinte (120) días después de la fecha de cierre de la entidad:
•Fecha de cierre al 31 de marzo: 29 de julio del 2024. •Fecha de cierre al 30 de junio: 28 de octubre del 2024. •Fecha de cierre al 30 de septiembre: 30 de enero del 2024. •Fecha de cierre al 31 de diciembre: 30 de abril del 2024.
Importante:
Conforme el artículo 4 del Decreto 256-21, a partir del ejercicio fiscal 2022 la DIOR debe ser presentada en la misma fecha de presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta, es decir, 120 días después del cierre fiscal.
Base Legal: Reglamento 78-14, Art. 18, párrafo I modificado por el Decreto 256-21, Art.4, párrafo I.
Solución oficial
Marleny J. Mena
898 Mensajes
hace 7 años
La Declaración Informativa de Operaciones entre Relacionados (DIOR) debe ser presentada a más tardar ciento veinte (120) días después de la fecha de cierre de la entidad:
•Fecha de cierre al 31 de marzo: 29 de julio del 2024.
•Fecha de cierre al 30 de junio: 28 de octubre del 2024.
•Fecha de cierre al 30 de septiembre: 30 de enero del 2024.
•Fecha de cierre al 31 de diciembre: 30 de abril del 2024.
Importante:
Conforme el artículo 4 del Decreto 256-21, a partir del ejercicio fiscal 2022 la DIOR debe ser presentada en la misma fecha de presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta, es decir, 120 días después del cierre fiscal.
Base Legal: Reglamento 78-14, Art. 18, párrafo I modificado por el Decreto 256-21, Art.4, párrafo I.
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