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martes, 30 de junio de 2026

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CA5416 ¿Qué debo hacer para acogerme a la Ley de gastos educativos a través de la nueva versión de la Oficina Virtual?

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Solución oficial

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hace 17 días

Para beneficiarse de la Ley de gastos educativos a través de la nueva versión de la OFV, debe seguir estos pasos:

  1. Ingresa a nuestra página web y pulse el botón de Oficina Virtual.
  1. Complete la información de su usuario y clave. Presione el botón Iniciar Sesión.
  1. Colocar el Token digital y dar clic en Siguiente.
  2. En el menú de la izquierda, opción Gastos Educativos, seleccionar la opción Gestionar Gastos Educativos.
  3. Complete las informaciones de las pestañas en el orden dado:
  • Aceptar acogerse a la Ley en la pestaña #1.
  • Registro de los dependientes en la pestaña #2. 
  • Registrar los comprobantes fiscales en la pestaña #3. 

Importante:

En proceso de aceptar acogerse a la ley (pestaña #1) solo se realiza la primera vez que optará por el beneficio, debe cotejar la opción Acepto Ley y presionar el botón Aceptar.

El registro de sus dependientes directos no asalariados y usted como contribuyente, en caso de aplicar, solo se realizar la primera vez. En caso de no tener modificaciones a futuro, puede solo registrar las facturas en la pestaña #3.

(Editado)