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martes, 30 de junio de 2026

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CA5416 ¿Qué debo hacer para acogerme a la Ley de gastos educativos a través de la nueva versión de la Oficina Virtual?

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Solución oficial

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hace 3 meses

Para beneficiarse de la Ley de gastos educativos a través de la nueva versión de la OFV, debe seguir estos pasos:

  1. Ingrese a nuestra página web y pulse el botón de Oficina Virtual.
  1. Complete la información de su usuario y clave. Presione el botón Iniciar Sesión.

  2. Colocar el Token digital y presione en Siguiente.

  3. En el menú de la izquierda, opción Gastos Educativos, seleccione la opción Gestionar Gastos Educativos.

  4. Complete las informaciones de las pestañas en el orden dado:
  • Aceptar acogerse a la Ley en la pestaña #1.
  • Registro de los dependientes en la pestaña #2. 
  • Registrar los comprobantes fiscales en la pestaña #3. 

Importante:

En proceso de aceptar acogerse a la ley (pestaña #1) solo se realiza la primera vez que optará por el beneficio, debe cotejar la opción Acepto Ley y presionar el botón Aceptar.

El registro de sus dependientes directos no asalariados y usted como contribuyente, en caso de aplicar, solo se realizar la primera vez. En caso de no tener modificaciones a futuro, puede solo registrar las facturas en la pestaña #3.

(Editado)