Perfil de Eliana Castillo

jueves, 4 de enero de 2018 21:25

Cerrado

CA971 ¿Debo enviar el formato 608 para anular los comprobantes cuando el motivo de anulación de estos es por disolución?

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Solución oficial

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hace 7 años

No, cuando el motivo de anulación de los NCF obedece a un cese definitivo, no es necesario remitir el formato 608, ya que la invalidación de los comprobantes que no hayan sido declarados o utilizados por el contribuyente se realiza de manera interna como  parte del proceso de disolución.

Consideraciones Importantes:
Los NCF que no hayan sido declarados o utilizados por el contribuyente al momento de la reorganización societaria cuando esta implique la disolución de una de las empresas involucradas, serán anulados por la DGII.

Base Legal: Norma General 06-2018, Art. 9.