CA960 ¿Las entidades autorizadas a operar en el mercado de cambio deben emitir
facturas con Número de Comprobante Fiscal (NCF) para sustentar las operaciones
de compra de divisas?
No, las entidades autorizadas a operar en el mercado de cambio no deben emitir Números de Comprobantes Fiscales (NCF) para sustentar las operaciones de compra de divisas, ya que este tipo de operaciones no constituyen un gasto.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
Base Legal: Norma General 02-07, Art.4.
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