Las facturas emitidas con Números de Comprobantes Fiscales deben cumplir con el siguiente estándar de contenido y de formato:
Encabezado
En la parte superior del encabezado, lado derecho del documento, deben estar contenidas las siguientes informaciones:
Denominación del tipo de comprobante fiscal según corresponda, de acuerdo a la clasificación establecida en el Artículo 4 del Decreto no 254-06.
Número secuencial del comprobante fiscal autorizado por la DGII.
Fecha de vencimiento del número de la secuencia. Este requisito sólo aplicará para los comprobantes con valor fiscal.
Nota: En los casos de comprobantes fiscales de nota de crédito o débito, adicionalmente debe indicarse el número secuencial del comprobante fiscal modificado por la nota correspondiente.
En la parte superior del encabezado, lado izquierdo del documento, deben estar contenidas las siguientes informaciones:
Número de Registro Nacional de Contribuyente (RNC).
Nombre o Razón Social del emisor como consta en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
Nombre Comercial del emisor si lo hubiera.
Punto de emisión (Sucursal).
Fecha de emisión.
En la parte inferior del encabezado, lado izquierdo, la factura debe contener los datos del cliente o destinatario:
Número de Registro Nacional de Contribuyente.
Nombre o Razón Social como consta en el Registro Nacional de Contribuyentes.
Parte Central
Datos del bien o servicio transferido
Descripción del bien vendido o del servicio prestado
Cantidad
Unidad de medida
Código o numeración de identificación, si éste se utiliza.
En el caso de que se facturen bienes y/o servicios exentos del ITBIS, deberá colocarse una letra E a la izquierda de la descripción de cada producto.
Datos del valor de la transacción
Precio unitario de los bienes y/o servicios
Monto de la transacción sin incluir los impuestos que afectan la operación y otros cargos si los hubiere.
Descuentos, bonificaciones y otros cargos si los hubiere;
Valor total de las ventas de bienes o servicios prestados incluyendo los descuentos realizados.
Importe total de la venta, transferencia de bienes o de servicios prestados, incluidos los impuestos.
Datos de los Impuestos
El ITBIS, el Impuesto Selectivo al Consumo y cualquier otro impuesto o cargos adicionales, deben consignarse separadamente, indicando el concepto del impuesto o cargo correspondiente.
Datos del documento
Fecha de la emisión (salvo para el caso de los comprobantes impresos por el propio emisor en cuyo caso la fecha de emisión será la misma que la fecha de impresión).
Cada documento deberá ser totalizado y cerrado separadamente.
Parte Final
En la parte final del documento, deberá incluirse los datos de quien imprime los comprobantes fiscales (en caso de que sea distinto de quien los emite) y el destino, es decir si se trata de la original o la copia.
Consideraciones Importantes:
Los contribuyentes con soluciones fiscales deben utilizar el formato establecido para estos dispositivos.
El comprobante que acredita la transacción debe ser entregado al consumidor del bien o servicio en el momento inmediato en que se genere la venta y la copia o duplicado debe ser conservada en el domicilio fiscal del emisor o vendedor.
Este formato de factura es de carácter único y obligatorio.
Solución oficial
Jorgelina Quiñones
478 Mensajes
hace 7 años
Encabezado
En la parte superior del encabezado, lado derecho del documento, deben estar contenidas las siguientes informaciones:
- Denominación del tipo de comprobante fiscal según corresponda, de acuerdo a la clasificación establecida en el Artículo 4 del Decreto no 254-06.
- Número secuencial del comprobante fiscal autorizado por la DGII.
- Fecha de vencimiento del número de la secuencia. Este requisito sólo aplicará para los comprobantes con valor fiscal.
Nota: En los casos de comprobantes fiscales de nota de crédito o débito, adicionalmente debe indicarse el número secuencial del comprobante fiscal modificado por la nota correspondiente.En la parte superior del encabezado, lado izquierdo del documento, deben estar contenidas las siguientes informaciones:
- Número de Registro Nacional de Contribuyente (RNC).
- Nombre o Razón Social del emisor como consta en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
- Nombre Comercial del emisor si lo hubiera.
- Punto de emisión (Sucursal).
- Fecha de emisión.
En la parte inferior del encabezado, lado izquierdo, la factura debe contener los datos del cliente o destinatario:Parte Central
Datos del bien o servicio transferido
Datos del valor de la transacción
- Precio unitario de los bienes y/o servicios
- Monto de la transacción sin incluir los impuestos que afectan la operación y otros cargos si los hubiere.
- Descuentos, bonificaciones y otros cargos si los hubiere;
- Valor total de las ventas de bienes o servicios prestados incluyendo los descuentos realizados.
- Importe total de la venta, transferencia de bienes o de servicios prestados, incluidos los impuestos.
Datos de los Impuestos- El ITBIS, el Impuesto Selectivo al Consumo y cualquier otro impuesto o cargos adicionales, deben consignarse separadamente, indicando el concepto del impuesto o cargo correspondiente.
Datos del documento- Fecha de la emisión (salvo para el caso de los comprobantes impresos por el propio emisor en cuyo caso la fecha de emisión será la misma que la fecha de impresión).
- Cada documento deberá ser totalizado y cerrado separadamente.
Parte FinalEn la parte final del documento, deberá incluirse los datos de quien imprime los comprobantes fiscales (en caso de que sea distinto de quien los emite) y el destino, es decir si se trata de la original o la copia.
Consideraciones Importantes:
- Los contribuyentes con soluciones fiscales deben utilizar el formato establecido para estos dispositivos.
- El comprobante que acredita la transacción debe ser entregado al consumidor del bien o servicio en el momento inmediato en que se genere la venta y la copia o duplicado debe ser conservada en el domicilio fiscal del emisor o vendedor.
- Este formato de factura es de carácter único y obligatorio.
Base Legal: Reglamento 254-06, Art. 8; Norma General 06-2018, Art. 7 y 8.0
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