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jueves, 25 de junio de 2020 18:57

Cerrado

CA4382 ¿Qué tipo de comprobante se le debe emitir a los diplomáticos o representantes de organismos internacionales cuando adquieren bienes o servicios, y no poseen la tarjeta o certificación de exención de ITBIS?

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Solución oficial

hace 4 años

 
Para los miembros de un cuerpo diplomático o representantes de organismos internacionales que realicen compras locales o adquieran servicios y no posean la tarjeta o certificación de exención de ITBIS según corresponda, se les debe emitir una factura de Consumo con el ITBIS transparentado.
 
Consideraciones Importantes:
 
Para que se le facture con comprobante de regímenes especiales (NCF del tipo 14), el contribuyente debe demostrar que se encuentra acogido a un régimen especial de tributación. En el caso de los diplomáticos o representantes de organismos internacionales debe presentar la certificación o tarjeta de exención de ITBIS emitida por Impuestos Internos, al momento de adquirir bienes o servicios.